UN JUEZ AVALA QUE UN PROFESOR INTERINO COBRE SU SUELDO EN VERANO

juzgado-de-familia-1Así titula este artículo publicado en El Pais, la sentencia del Juzgado nº 11 de los contencioso de Madrid que ha reconocido el derecho de un profesor interino a cobrar los veranos de 2011 a 2015 y el reconocimiento del tiempo como de servicios prestados a efectos de antigüedad (aquí también se ha publicado).

 

El problema es que no es firme (la Comunidad puede recurrirla al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y habrá que esperar  a ver que dice dicho tribunal) y que hay otros juzgados que lo están negando, aquí podéis leer la última sentencia donde no se le conceden los veranos sino que además se condena a la profesora al pago de 300 € de costas. Más todavía, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, muy proclive al PP está dispuesta a que todo lo que llegue a sus manos, sea favorable a la Comunidad de Madrid y contraria a los profesores. Y no solo el Juzgado nº 23, también la Sentencia del Juzgado nº 32 de 28 de octubre de 2016, del Juzgado 27 de Madrid de 7 de julio de 2015, del Juzgado nº 19 de 26 de mayo de 2016, del Juzgado nº 31 de 27 de mayo de 2016, del Juzgado nº 16 de 9 de febrero. Todas ellas se basan en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de abril de 2015 en la que declara que los interinos por el hecho de serlo cuando cesan son bien cesados y no tienen ningún derecho.

Lo peor de todo es que las sentencias que niegan el pago del verano lo hacen en virtud de que el curso acaba el 30 de junio. En este recurso de alzada se demuestra que no es verdad y si la administración y los jueces leyeran comprensivamente se darían cuenta del error en el que están y con el que dictan sentencias. Aquí podéis leer la respuesta de la administración a las reclamaciones presentadas por profesores y aquí el recurso de alzada tipo que preparé para rebatir la confusión malintencionada de la administración educativa de la Comunidad de Madrid dependiente de Cristina Cifuentes.

Ya hemos hablado del pago de veranos:

  • El 12/04/2016 Para informar sobre la respuesta que se envió a todos los interinos desde la Comunidad de Madrid y firmada por el Jefe del Área de Asistencia Técnico-Jurídica, Francisco de Asís Campos Hernández, cuyo texto, al ser leído, manifiesta la escasa importancia que se da a los interinos a quienes se trata como mercancía de usar y tirar y la poca pericia de quien firma.
  • El 27/04/2016 sobre la extensión de sentencia de la profesora de EOI que ganó el verano de 2013 y cuyas extensiones fueron denegadas de manera torticera por el Juzgado nº 17. La Comunidad de Madrid y el TSJ no están dispuestos a dar lo que en justicia pertenece a los interinos y que fuer robado por Esperanza Aguirre y Lucía Figar.
  • El 25/06/2016 Para hablar sobre la falta de voluntad del gobierno de Cristina Cifuentes para acelerar la recuperación de los derechos robados por su partido en el 2011. 

No hay ninguna duda que la mejor solución sería que la Comunidad acabara con la judialización de la vida de los interinos. Una muestra del nuevo talante del Gobierno de Cristina Cifuentes, sería reconocer lo que esta sentencia hace:

RECONOCER A LOS PROFESORES Y MAESTROS INTERINOS LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS A EFECTOS DE ANTIGÜEDAD RESPECTO DE LOS MESES
DE JULIO, AGOSTO Y DÍAS PROPORCIONALES DE SEPTIEMBRE DE LOS CURSOS 2010/2011, 2011/12, 2012/13, 2013/14, 2014/15 Y 2015/2016, ASÍ COMO A QUE SE LE ABONEN LA CANTIDAD CORRESPONDIENTES A LOS SALARIOS DE DICHOS MESES, UNA VEZ DEDUCIDOS LAS CANTIDADES QUE LE FUERON ABONADOS EN CONCEPTO DE PARTE PROPORCIONAL DE VACACIONES Y CUYA CUANTÍA DEFINITIVA SE DETERMINARA EN TRÁMITE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA.

UN JUEZ AVALA QUE UN PROFESOR INTERINO COBRE SU SUELDO EN VERANO

2 comentarios en “UN JUEZ AVALA QUE UN PROFESOR INTERINO COBRE SU SUELDO EN VERANO

  1. Mariana dijo:

    Hola a todos, me gustaría saber si alguno de vosotros tiene constancia de si se ha presentado Apelación a la Sentencia nº 159/2017 de mayo, del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 11 de Madrid. Tengo mucho interés, estoy preparando recursos para docentes afectados por el mismo agravio. Muchas gracias Mariana Campello

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    1. Me parece que es firme por un defecto de forma. No puedo confirmarlo. Se que en este juzgado había alguna sentencia firme por este motivo.
      Lo malo es que el TSJ de Madrid no sigue el mismo criterio. Solo tres juzgados de Madrid dan sentencias favorables, el resto sigue la doctrina del TSJ.

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