COVID-19, REBROTE Y VUELTA AL COLE

egwgjsaxkachu2p_20492045_20200831081931Muchos profesores están intranquilos por el inicio de este curso 2020/2021 que va a ser tan raro o más que el anterior. Pero hay algo que lo diferencia del anterior: sabemos a qué nos enfrentamos y no debemos ser inconscientes.

La pandemia que padecemos no ha dejado de ser importante y peligrosa. Es un auténtico error, incluso una imprudencia criminal, realizar actos que pongan en peligro vidas sabiendo lo que sabemos y desconocíamos en marzo de este año.

La viñeta de Charlie Hebdo, de humor  tan negro como incómodo e irritante, no viene al caso para los alumnos, mejor deberían haber dibujado a un para de profesores y hubiera tenido más sentido. El promedio de edad de los profesores españoles es de más de 50 años y seremos las auténticas víctimas propiciatorias de esta vuelta al cole insegura, improvisada e irresponsable.

No se ha contemplado ningún protocolo para personas mayores o docentes con patologías previas. Para evitar problemas mayores y riesgos innecesarios animo a los profesores a que presenten el escrito que os adjunto al final de este artículo. ¡¡¡Mejor prevenir que curar!!!

De todas formas tenemos que tener en cuenta que podemos instar al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid para que emita un informe de prevención, adaptación y protección del medio laboral para las personas incluidas en algún colectivo vulnerable (enfermos cardiovasculares, incluida hipertensión, enfermos pulmonares crónicos, diabéticos, personas que padezcan enfermedad hepática crónica severa, obesidad mórbida, las embarazadas y los mayores de 60 años). Puedes contactar con los servicios de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, pidiendo una cita en los siguientes contactos:

  • Reconocimientos médicos, adaptación de funciones, embarazo o lactancia: 915802674.
  •  Evaluaciones de riesgos y otras solicitudes: 915805337.
  • Correo electrónico: servicio.prevención@madrid.org.

Os deseo toda la salud posible y que tengáis un buen curso:

A LA ATENCIÓN DE LA EXCELENTÍSIMA SEÑORA DOÑA ISABEL DÍAZ AYUSO, PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Y DEL EXCELENTÍSIMO SEÑOR DON ENRIQUE OSSORIO CRESPO, CONSEJERO DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD  DE MADRID

D.__________________________________ con DNI_________________, funcionario del cuerpo de _______________________________________________________________ especialidad de _______________________________, con destino en el  ____________ de ______________________, y domicilio a efectos de notificaciones en ________________________________________________________, con correo electrónico__________________ y teléfono_______________________,

EXPONE

Que dadas las actuales circunstancias relacionadas con el rebrote de la epidemia relacionada con el Covid-19, y teniendo en cuenta la legislación vigente en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que dictamina que el ejercicio del puesto de trabajo no puede redundar en el desarrollo de enfermedades por parte del trabajador, así como la situación de hacinamiento y elevadas ratios que se dan en nuestra comunidad y la disposición de esta misma Comunidad Autónoma que prohíbe las reuniones de más de 10 personas, al aire libre o en local cerrado, resulta imprudente que se obligue a los docentes a impartir clase a grupos de 23, 25, 30 o 35 alumnos, 5 horas diarias, durante 5 días a la semana. Es una medida que redundará en una expansión del virus sin precedentes afectando a los alumnos, sus familias y luego, a los mayores que son los más vulnerables. Los trabajadores de la enseñanza serán los primeros afectados en caso de abrirse los centros.

            En base a lo anteriormente relatado

            SOLICITA: que esta administración no me obligue a ejercer la docencia presencialmente pues pone en riesgo mi salud y mi vida, y que tome las medidas para que se pueda atender al alumnado telemáticamente hasta que el virus sea erradicado o se encuentre una vacuna. De no ser así, si me obligan a acudir al centro y resulto contagiado, sea cual sea el desenlace, pongo en conocimiento de Vds.  que ya he dictado órdenes a mis abogados, sindicato y familiares para que se reclamen las indemnizaciones pertinentes a esta administración así como las iniciativas legales necesarias para dirimir futuras responsabilidades penales de quien fuera menester por obligarme a ejercer mi trabajo en condiciones de elevada peligrosidad.

En _________________, a _____ de ____ de 2020

Firmado__________________

DNI_______________

COVID-19, REBROTE Y VUELTA AL COLE

OPOSICIONES 2018

CRITERIOS CALIFICACIÓN 16-18

En la Comunidad de Madrid vamos de mal en peor. Cuando se publica esta entrada es 10 de junio. Las oposiciones empiezan el 23 de junio a las 8:30. A estas alturas no conocemos, todavía, el baremo definitivo, los criterios de calificación, ni la distribución de aspirantes por tribunal.

Estos datos son esenciales. El baremo es importantísimo, tanto para el concurso como para la formación de las listas de interinos.

La distribución de aspirantes por tribunal también, porque esto ayuda a situarnos en la realidad del entorno del tribunal: dónde aparcar, dónde dormir si venimos de fuera de Madrid, dónde comer si nos hace falta, qué transporte público utilizar, con cuanto tiempo me debo desplazar para no llegar tarde y ser expulsado de la oposición, etc.

Y por último los criterios de calificación son esenciales. Tanto, que a los futuros profesores se les examina de ello en la programación. Me gustaría saber qué diría la administración, la inspección educativa, los alumnos y sus padres, cuando les propusiéramos que nuestros criterios de calificación y evaluación los haríamos públicos unos cuantos días antes de los exámenes de junio

Aquí tenéis los criterios de 2016 de las especialidades que se convocaron ese año, espero que no cambien, pero no podemos asegurarlo.

Además hay que tener en cuenta los posibles recursos que pueden darse al proceso de concurso/oposición, a los baremos, a los criterios, etc., y que pueden retrasar, incluso impedir que el proceso continúe de forma pacífica.

Sería un buen momento para que los sindicatos exigieran mayor rigor a la Administración, que sigue ninguneando al grupo «A» en educación, cosa impensable en cualquier otro ámbito de la Administración.

OPOSICIONES 2018

REGISTRO ELECTRÓNICO COMUNIDAD DE MADRID

error registro electrónicoEl Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid es fundamental para los funcionarios que tienen la obligación de relacionarse con la Administración de manera telemática (Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Hasta aquí todo bien, sin problemas. Si tenemos certificado electrónico o e-DNI y siguiendo la guía que os puse en esta entrada, todo debería funcionar sobre ruedas.

Entonces ¿cuál es el problema? Muy sencillo: que el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid funciona 1 día si y 15 no. De hecho el plazo de estas últimas oposiciones debió ampliarse porque el registro dejó de funcionar, al menos, 5 días.

Tampoco pasa nada porque, a pesar de entrar en pánico todos los opositores, se amplió el plazo y la cosa se pudo resolver.

El problema surge cuando un funcionario tiene que presentar alguna documentación de forma personal o tiene que cumplir un plazo individual, entonces te encuentras con que tienes un problema. Lo mejor es intentarlo varias veces por día y varios días seguidos, haciendo pantallazos del problema en cada uno de los intentos y guardarlos para que puedan servir en caso de tener que acudir a la justicia para defender tus derechos. Y es tan malo el programa que te permite acceder, subir el formulario, adjuntar los 15.000 archivos y… cuando vas a firmar… te dice que error. Entonces ¡¡¡te entra una mala leche que si tuvieras al responsable delante lo estrangulabas!!!

Es indecente que la ley obligue a los funcionarios a tener que relacionarse con la Administración de forma telemática con unos medios tercermundistas, obsoletos y que no funcionan casi nunca y que dejan al funcionario desprotegido y sin amparo.

Alguien debería tomar nota de esto y solucionarlo cuanto antes.

 

REGISTRO ELECTRÓNICO COMUNIDAD DE MADRID

DÍAS EXTRAS DE VACACIONES Y DÍAS POR ASUNTOS PARTICULARES PARA PROFESORES

IMAGEN ACUERDO 24-11-15Nadie se ha percatado que existe este acuerdo desde 2015 y por tanto los profesores siguen sin disfrutar de algunos días a los que ya tienen derecho, sin esperar a la firma de ningún otro acuerdo.

Resulta que desde el día 3 de diciembre de 2015 los profesores tenemos derecho a:

  • Cuarto
    Permiso por asuntos particulares por antigüedad
    Los empleados públicos tendrán derecho a disfrutar, cada año, de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
    Estos días adicionales de permiso podrán disfrutarse a partir del día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes años de servicio.
  • Quinto
    Días adicionales de vacaciones por antigüedad Los empleados públicos, en el supuesto de haber completado los años de antigüedad que se indican, tendrán derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:
    — Quince años de servicio: Veintitrés días hábiles.
    — Veinte años de servicio: Veinticuatro días hábiles.
    — Veinticinco años de servicio: Veinticinco días hábiles.
    — Treinta o más años de servicio: Veintiséis días hábiles.
    Estos días adicionales de vacaciones por antigüedad podrán disfrutarse a partir del día siguiente al del cumplimiento de los correspondientes años de servicio. Igualmente, podrán disfrutarse de manera independiente de los períodos mínimos de disfrute de las vacaciones que, en cada caso, estén establecidos, así como acumularse con los días de asuntos propios.

Esto quiere decir que todos los profesores que tengan seis trienios, pueden disfrutar, cada año, desde el curso 2015/2016, de dos días por asuntos particulares; y un día más por cada trienio a partir del octavo. Cuando se firme el famoso acuerdo que los sindicatos nos han vendido, tendremos 2 días lectivos y dos días no lectivos más (según rumores). A esto hay que sumarle los 6 días de asuntos propios (moscosos) al año que tenemos todos los funcionarios y que están recogidos en el artículo 48, k del EBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público). El permiso retribuido por asuntos particulares es considerado como vacaciones a todos los efectos. Recuérdese que fueron instituidos a cambio de no subir el sueldo a los funcionarios.

Además se deben añadir días de vacaciones adicionales por antigüedad. No son 22 días hábiles de vacaciones, sino que si tienes más de 15 años de servicio debes disfrutar 23 días; con 20 años, serán 24 días hábiles y así según la tabla de más arriba.

Habrá que recordarle a la administración que cuando ha echado a interinos a la calle no les ha realizado bien la liquidación y estos días se los ha guardado (escondido) y no los ha compensado con dinero.

Y a los sindicatos, que cuando se sienten a hablar negocien cómo vamos a disfrutar de estos derechos que la ley nos otorga. Si no se nos reconoce, entonces deberemos ir a los tribunales para reclamarlos.

DÍAS EXTRAS DE VACACIONES Y DÍAS POR ASUNTOS PARTICULARES PARA PROFESORES

UN JUEZ AVALA QUE UN PROFESOR INTERINO COBRE SU SUELDO EN VERANO

juzgado-de-familia-1Así titula este artículo publicado en El Pais, la sentencia del Juzgado nº 11 de los contencioso de Madrid que ha reconocido el derecho de un profesor interino a cobrar los veranos de 2011 a 2015 y el reconocimiento del tiempo como de servicios prestados a efectos de antigüedad (aquí también se ha publicado).

 

El problema es que no es firme (la Comunidad puede recurrirla al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y habrá que esperar  a ver que dice dicho tribunal) y que hay otros juzgados que lo están negando, aquí podéis leer la última sentencia donde no se le conceden los veranos sino que además se condena a la profesora al pago de 300 € de costas. Más todavía, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, muy proclive al PP está dispuesta a que todo lo que llegue a sus manos, sea favorable a la Comunidad de Madrid y contraria a los profesores. Y no solo el Juzgado nº 23, también la Sentencia del Juzgado nº 32 de 28 de octubre de 2016, del Juzgado 27 de Madrid de 7 de julio de 2015, del Juzgado nº 19 de 26 de mayo de 2016, del Juzgado nº 31 de 27 de mayo de 2016, del Juzgado nº 16 de 9 de febrero. Todas ellas se basan en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de abril de 2015 en la que declara que los interinos por el hecho de serlo cuando cesan son bien cesados y no tienen ningún derecho.

Lo peor de todo es que las sentencias que niegan el pago del verano lo hacen en virtud de que el curso acaba el 30 de junio. En este recurso de alzada se demuestra que no es verdad y si la administración y los jueces leyeran comprensivamente se darían cuenta del error en el que están y con el que dictan sentencias. Aquí podéis leer la respuesta de la administración a las reclamaciones presentadas por profesores y aquí el recurso de alzada tipo que preparé para rebatir la confusión malintencionada de la administración educativa de la Comunidad de Madrid dependiente de Cristina Cifuentes.

Ya hemos hablado del pago de veranos:

  • El 12/04/2016 Para informar sobre la respuesta que se envió a todos los interinos desde la Comunidad de Madrid y firmada por el Jefe del Área de Asistencia Técnico-Jurídica, Francisco de Asís Campos Hernández, cuyo texto, al ser leído, manifiesta la escasa importancia que se da a los interinos a quienes se trata como mercancía de usar y tirar y la poca pericia de quien firma.
  • El 27/04/2016 sobre la extensión de sentencia de la profesora de EOI que ganó el verano de 2013 y cuyas extensiones fueron denegadas de manera torticera por el Juzgado nº 17. La Comunidad de Madrid y el TSJ no están dispuestos a dar lo que en justicia pertenece a los interinos y que fuer robado por Esperanza Aguirre y Lucía Figar.
  • El 25/06/2016 Para hablar sobre la falta de voluntad del gobierno de Cristina Cifuentes para acelerar la recuperación de los derechos robados por su partido en el 2011. 

No hay ninguna duda que la mejor solución sería que la Comunidad acabara con la judialización de la vida de los interinos. Una muestra del nuevo talante del Gobierno de Cristina Cifuentes, sería reconocer lo que esta sentencia hace:

RECONOCER A LOS PROFESORES Y MAESTROS INTERINOS LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS A EFECTOS DE ANTIGÜEDAD RESPECTO DE LOS MESES
DE JULIO, AGOSTO Y DÍAS PROPORCIONALES DE SEPTIEMBRE DE LOS CURSOS 2010/2011, 2011/12, 2012/13, 2013/14, 2014/15 Y 2015/2016, ASÍ COMO A QUE SE LE ABONEN LA CANTIDAD CORRESPONDIENTES A LOS SALARIOS DE DICHOS MESES, UNA VEZ DEDUCIDOS LAS CANTIDADES QUE LE FUERON ABONADOS EN CONCEPTO DE PARTE PROPORCIONAL DE VACACIONES Y CUYA CUANTÍA DEFINITIVA SE DETERMINARA EN TRÁMITE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA.

UN JUEZ AVALA QUE UN PROFESOR INTERINO COBRE SU SUELDO EN VERANO

PAGO DE TRIENIOS A INTERINOS

trieniosEl pasado día 26 de septiembre de 2016 se publicó en el BOCM la Orden de 19 de septiembre de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre reconocimiento de trienios al personal funcionario interino de la Comunidad de Madrid. Por fin parece que los muchos años de vencer a la Comunidad en los Tribunales habilita el procedimiento para que esta Administración cumpla la Ley. Es indecente que en este país de pandereta, la Administración incumpla sistemáticamente la ley y no ocurra nada. Pero la Administración está compuesta por personas que la dirigen y que toman decisiones bajo amparadas en el anonimato que da «la Administración» Todo este problema se acabaría si en este país de chorizos, la responsabilidad de las decisiones que toma «la Administración» tuvieran cara, nombre y apellidos, y que cuando hubiera que pagar con el dinero de todos una decisión equivocada, el responsable fuera cesado y se le pidiera, como indemnización, el coste de su decisión. Así, muchas de las injusticias cometidas impunemente por «la Administración» no llegarían a cometerse. Seguir leyendo «PAGO DE TRIENIOS A INTERINOS»

PAGO DE TRIENIOS A INTERINOS

PAGO DE VERANO A INTERINOS

veranoYa hemos hablado (aquí y aquí) de este tema recurrente desde que el PP recortara todos los derechos del mundo a los interinos de la docencia, el colectivo más castigado de la educación pública madrileña.

De momento se ha publicado que «Comunidad de Madrid y sindicatos han alcanzado un principio de acuerdo para retribuir el verano a los profesores interinos a partir de 2017, tras las negociaciones iniciadas por mandato de la Asamblea de Madrid. Las medidas pactadas son graduales, de tal forma que, en 2019, los interinos madrileños cobrarán julio y agosto tras haber trabajado un mínimo de 5,5 meses«. Seguir leyendo «PAGO DE VERANO A INTERINOS»

PAGO DE VERANO A INTERINOS

A VUELTAS CON LOS EXÁMENES

La FAPA Giner de los Ríos está realizando una campaña para obtener copia de los exámenes de los alumnos siempre que sean pedidos por los padres, madres y tutores legales de los menores. Hemos llegado, pues, al punto de someter al imperio de la Ley y no del sentido común, el asunto de entregar o no los exámenes a los padres, madres o tutores legales.

Hagamos unas puntualizaciones:

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A VUELTAS CON LOS EXÁMENES

PAGO DE VERANO: EXTENSIÓN DE SENTENCIA

Sin títuloEn esta entrada vamos a seguir hablando del Pago de verano para los interinos.

Parece que se pagará el curso que viene pero no por voluntad del gobierno sino porque les va a obligar una PNL (Proposición No de Ley) presentada en la Asamblea por Podemos, PSOE y Ciudadanos, los mismos que le obligaron a derogar el Decreto 42/2013 de interinos.

De momento sigue negando el pan y la sal a los interinos que hemos reclamado el pago del verano para cursos anteriores, ya lo hemos dicho en esta entrada.

En estos días el TSJM ha fallado contra el recurso que interpuso la Comunidad de Madrid para no extender la sentencia de una profesora interina de EEII que ganó el pago del verano de 2013. Sigue leyendo para tener acceso a las sentencias:

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PAGO DE VERANO: EXTENSIÓN DE SENTENCIA